¿Qué es la asignación en efectivo?

¿Qué es la asignación en efectivo?

Abono pecuniário es el nombre oficial que se le da al proceso donde cualquier trabajador puede solicitar la conversión de 1/3 de su período de receso, en un recurso económico a abonar junto con el beneficio mensual.

Este proceso está previsto y garantizado por la legislación laboral, de acuerdo con las normas de la CLT, más concretamente descritas en el artículo siguiente: “Art. 143 - Es posible que el empleado convierta 1/3 (un tercio) del período de vacaciones al que tiene derecho en un bono en efectivo, por el monto de la remuneración que le correspondería en los días correspondientes ”.

En ningún caso podrá ser impuesta por la empresa el subsidio, debiendo ser la libre voluntad del trabajador solicitarlo dentro del plazo previsto en el mismo artículo: "1 - El subsidio vacacional deberá solicitarse hasta 15 (quince) días antes de la final del período de adquisición de derechos ”.

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En el caso de vacaciones colectivas, el subsidio se decide mediante convenio entre la empresa y el sindicato de la categoría profesional: "2º - En el caso de vacaciones colectivas, la conversión a que se refiere este artículo será objeto de convenio colectivo. entre el empleador y el sindicato representante de la respectiva categoría profesional, independientemente de la solicitud individual para el otorgamiento del subsidio ”.

Los empleados contratados a tiempo parcial (menos de 25 horas semanales) no tienen derecho al beneficio, excepto los empleados domésticos que trabajan más de 3 veces por semana.

Todo empleado tiene derecho a un descanso de 30 días después de 12 meses de trabajo, por lo tanto, el individuo que lo desee puede vender 10 días de este período y recibirlo según el cálculo proporcional.

¿Cómo calcular el beneficio en efectivo?

El monto debe calcularse sobre la retribución correspondiente al período de receso del trabajador, es decir, sumando el salario mensual con el tercero garantizado por ley.

Por ejemplo, si el empleado recibe BRL2.000 mensuales, 1/3 de ese monto corresponde a aproximadamente BRL $ 666,67. Por lo tanto, en el mes siguiente al receso de 20 días, el individuo tendrá a pagar un total de R $ 2.666,67.
La fracción correspondiente a la desgravación no debe deducirse del INSS ni del Impuesto sobre la Renta.

En cuanto a los días extras trabajados, estos deben abonarse normalmente. Bajo análisis, el bono en efectivo de 10 días también se considerará como tal y el empleado tiende a recibirlo dos veces por el mismo período: una como asignación y otra como “extra”.

¿Cuáles son los pros y los contras de la asignación en efectivo?

Para la empresa, la ventaja radica en la plantilla ampliada, lo que reduce los niveles de servicio acumulado y la sobrecarga para el resto de empleados. Por otro lado, la desventaja radica en el pago agregado al beneficio mensual del empleado.

Para el trabajador, la mayor ventaja es sin duda económica. Los ingresos adicionales permiten cubrir deudas, nuevas inversiones o cualquier acción a discreción personal del individuo.

Por otro lado, es importante tener en cuenta factores de bienestar físico y psicológico derivados del período de recreo. Al reducir sus días de descanso, el empleado puede sufrir altos niveles de estrés o patologías adquiridas por agotamiento físico.

Provisión de efectivo en situaciones específicas

Reducción de vacaciones: en caso de ausencia injustificada durante el período de consolidación, el empleado no tendrá derecho a un descanso exacto de 30 días. Por lo tanto, la asignación en efectivo normalmente se puede solicitar, pero se pagará en proporción solo a los días a los que tiene derecho.

Prórroga de vacaciones: si el empleador concede el receso superior a 12 meses del período de devengo, deberá abonarse al doble. En este caso, el monto del bono en efectivo sigue el mismo orden y el empleado puede recibir 2/3 del monto en el mes siguiente, según los cálculos.

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